Comunicados
COMUNICADO
*AVISO IMPORTANTE SE APRUEBA, LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTICULOS 18º Y 28º DEL REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADEMICO DE LOS ESTUDIANTES DE LOS PROGRAMAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA.-
RESOLUCIÓN Nº. 3973-CU-2009.
PRIMERO
Modificar los Artículos 18º y 28º del Reglamento para la evaluación del Rendimiento Académico de los Estudiantes de los Programas Profesionales de la Universidad Católica de Santa María, aprobado por la Resolución Nº 1631-cu-99 de fecha 22 de enero de 1999, los cuales tendrán la siguiente redacción.
Art.18º.- Los alumnos que no rindieran sus evaluaciones en la fechas establecidas debido a problemas graves de salud, enfermedad grave o fallecimiento de padres, hermanos, cónyuge e hijos, causas justificadas de trabajo y asistencia e eventos autorizados por la Universidad, presentarán al Decanato una solicitud, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha del examen, acompañando el documento probatorio correspondiente, quién a su vez la derivará al Director o Coordinador Académico del Programa, el cual autorizará la recepción de la evaluaciones dentro de los diez días hábiles de aprobada la solicitud. Los alumnos que sin causa justificada o rindieran sus evaluaciones no tendrán derecho a reprogramar las mismas.
Art.28º.- Los alumnos con promedio desaprobatorio con un calificativo de siete puntos como mínimo, tienen derecho a rendir examen de aplazados en la fecha prevista por el Escuela Profesional y dentro del cronograma establecido por el Vice Rectorado Académico. Para este tipo de exámenes no es aplicable el Art. 18º del presente Reglamento.
COMUNICADO 001-2011
Resolución Nº 16428-R-2011
Se comunica a la Comunidad Universitaria del Escuela Profesional de Derecho, la inclusión en el Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la uCSM, aprobado por la Resolución Nº 13802-R-2008, de lo siguiente:
Inc. l) "Folder conteniendo copias simples de los escritos, piezas jurídicas elaboradas durante la realización de las Prácticas Forenses Externas, conforme al Reglamento correspondiente, debidamente visados por el tutor profesional de dichas Prácticas".