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Universidad Católica de Santa María dice no al plagio

Establecen normas para sancionar a plagiadores

El Dr. César Cáceres Zarate Vicerrector Académico de la Universidad Católica de Santa María en una concurrida ceremonia en la que se dieron cita docentes y estuantes, dio inicio a la Campaña de rechazo al plagio considerando que en el ámbito académico, en particular en las universidades que forman parte del Sistema Universitario Peruano, ni la Ley Universitaria, ni los estatutos contemplan específicamente este tipo de infracciones. 

Con la finalidad de ir superando estas deficiencias normativas en la universidad marianista, mediante el Auto N° 033-VRACAD-2015 se aprobaron las normas adicionales para el dictamen del borrador de tesis y entrega de tesis y discos compactos a la Biblioteca de la UCSM.

Mediante el Auto N° 149-VRACAD-2015, se establecieron los requisitos adicionales para la presentación y revisión de la producción intelectual docente por el Comité Editorial Académico con aplicación de la plataforma Turnitin.

Con el fin de sensibilizar a la comunidad universitaria es que en coordinación con el vicerrectorado académico se elaboró el proyecto: “Campaña institucional No al Plagio” la que tiene los siguientes objetivos generales:

  1. Prevenir el plagio en sus diferentes modalidades:
  2. Motivar el uso correcto de las citas, referencias y bibliografía
  3. Informar sobre las sanciones académicas y legales por plagiar
  4. Coadyuvar a la “integridad y calidad académica” en la UCSM

Asimismo, se anunció la presentación del proyecto de “Reglamento para prevenir y sancionar el plagio académico en la Universidad Católica de Santa María”, que tiene como objetivos fundamentales:

  1. Evitar el plagio parcial o total de libros, tesis, diseños, proyectos, artículos, marcas u otros similares.
  2. Establecer las sanciones para los casos en que alumnos y egresados de pre y posgrado de la Universidad Católica de Santa María, plagien la producción intelectual de otros autores.

Es necesario resaltar que las normas adicionales aprobadas para el dictamen del borrador, entrega de tesis y discos compactos a la Biblioteca, los requisitos adicionales para la presentación y revisión de la producción intelectual docente por el Comité Editorial Académico con aplicación de la plataforma Turnitin, el proyecto de “Reglamento para prevenir y sancionar el plagio académico en la Universidad” y la campaña “Dile no al plagio”, están orientadas a erradicar definitivamente este acto académicamente deshonesto de la casa santamariana y contribuir a la consolidación de la excelencia académica en la Universidad de Umacollo.

En la actualidad el plagio es un serio problema ético a nivel mundial que atenta contra los derechos de autor, siendo la universidad el mejor escenario para generar conciencia y valores éticos respecto a la producción intelectual que cada individuo desarrolla y por el cual debe recibir el justo reconocimiento académico y económico.

Lamentablemente los avances tecnológicos y el fácil acceso a Internet hacen que muchos profesionales y estudiantes busquen formas fáciles de realizar sus trabajos, copiando información de la web sin citar y referenciar adecuadamente las fuentes, presentando como propias ideas, investigaciones, obras que pertenecen a otros autores.

Parece que el plagio fue una constante en la historia de la humanidad, en la antigua Grecia, muchos autores crearon sus propias medidas anti-plagio para evitar que otros se apropiasen indebidamente de sus obras.  Algunas de las fuentes consultadas señalan que fue Teognis de Megara, poeta del siglo VI  a.m., uno de los precursores en cuanto a la creación de estos sistemas anti copia.

Marco Vitrubio, arquitecto, escritor, ingeniero y tratadista romano del siglo I a. C,  sostiene que en el siglo V a.C., varias obras antiguas de la biblioteca de Alejandría fueron presentadas durante un concurso de poesía por varios concursantes atribuyéndose su autoría

Internacionalmente se han registrado innumerables casos de plagio, el más reciente se refiere al ministro de Defensa alemán  Guttenberg, que fue acusado de plagiar su tesis para obtener el doctorado que realizó en la Universidad de Bayreuth. Luego de dos semanas de revelado el caso, el ministro renunció al cargo, la Universidad le anuló el título de doctor obtenido el año 2007  y más de 50.000 universitarios firmaron una carta de indignación dirigida a la Cancillería como medida de protesta.

En España, la audiencia provincial de Madrid, condenó al escritor y académico Arturo Pérez Reverte por plagio en el guion de la película Gitano, estrenada el 2009. Reverte fue acusado de plagio por González.-Vigil, escritor que registró su obra “Gitana” el año 1996.

Debemos tener presente que las universidades tienen la obligación de proteger la producción intelectual de propios y extraños, por lo que se tienen que adoptar medidas orientadas a prevenir y evitar conductas fraudulentas, dando mayor relevancia a la formación ética de los estudiantes y de los miembros de la comunidad universitaria poniendo énfasis en la honestidad académica.

Es fundamental abordar el problema del plagio desde una perspectiva institucional, analizándolo desde dos vertientes:

  1. La primera: la apropiación ilícita, acción que va en contra el autor de la obra plagiada.
  2. La segunda: El fraude, acción que afecta a las instituciones y destinatarios de la obra realizada con  plagio.

Hay que resaltar que el tema del plagio está relacionado con los derechos fundamentales de toda persona, además, involucra aspectos legales administrativos, civiles y penales y está de por medio la calidad y el prestigio de nuestra universidad.

En el Perú, la vulneración a los derechos morales del autor se sanciona en la vía administrativa a través de Indecopi y en la vía penal a través del Poder Judicial.

En la vía judicial se juzga al plagiario de acuerdo con el Código Penal que tipifica la conducta ilícita como "Falsa atribución de autoría de obra", que es reprimida con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años y se sanciona con sesenta a ciento ochenta días–multa, al que con respecto a una obra, la difunda como propia, en todo o en parte, copiándola o reproduciéndola textualmente, o tratando de disimular la copia mediante ciertas alteraciones, atribuyéndose o atribuyendo a otro, la autoría o titularidad.