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ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Comité Electoral
El Comité Electoral Universitario es un órgano permanente y autónomo en sus funciones, que se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos electorales, así como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten en su campo funcional. Su funcionamiento será normado por la Asamblea Universitaria. Sus fallos son inapelables.
ORGANIZACIÓN
El Comité Electoral Universitario está constituido por:
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Tres Profesores Principales,
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Dos Profesores Asociados,
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Un Profesor Auxiliar y
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Tres estudiantes de la Universidad.
En su primera sesión, el Comité Electoral Universitario elegirá, entre sus miembros a su Junta Directiva, la misma que permanecerá por el transcurso de un año.
Esta Junta Directiva está integrada por:
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Un Presidente
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Un Secretario
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Un Vocal
FUNCIONES
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DEL PRESIDENTE
- Convocar, presidir y dirigir las sesiones.
- Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Representar oficialmente al Comité.
- Dirigir los procesos electorales en la Universidad.
- Informar sobre los aspectos que deben ser de conocimiento de la Comunidad Universitaria y que sean de competencia del Comité.
- Conocer y despachar la correspondencia.
- Ejecutar los acuerdos del Comité Electoral.
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DEL SECRETARIO
- Realizar las convocatorias dispuestas por la presidencia para reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Llevar el Libro de actas.
- Autentificar con su firma las disposiciones de la Presidencia y del Comité.
- Custodiar y organizar los archivos, coordinando las acciones operativas con el Secretario Administrativo del Comité.
- Realizar las tareas específicas que le encomiende el Comité.
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DEL VOCAL
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- Reemplazar al Presidente ante impedimento temporal de éste
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- Cumplir las demás funciones que le asigne el Comité