Precatólica 2020 - III - RANKING
1RA POSTULACION
(con cambios de carrera según Reglamento Interno de Alumnos)

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Escuela Profesional:
 
Tener en cuenta el artículo 11 del Reglamento de la Precatólica:

"Art. 11°. Los postulantes de la Precatólica podrán cambiar de postulacion a otra Escuela Profesional siempre y cuando existan menos postulantes que el numero de vacantes ofertadas en alguna Escuela Profesional.
Estas vacantes seran cubiertas en estricto orden de mérito entre los postulantes que realizaron el cambio de opcion respetando el ronograma establecido por la Dirección de la Precatólica."
No dejar de tener en cuenta los siguientes artículos del Reglamento de Admisión:

"Art. 15°. En el caso del Área de Ciencias de la Salud y la Escuela profesional de Psicología, los postulantes del Concurso Ordinario que tengan como resultado Test+entrevista persnal tendrán que pasar una entrevista de selección y un test para evaluar su perfil psicológico, de no ser el resultado óptimo, la Universidad se reserva el derecho de admisión.
Las Escuelas Profesionales que por su naturaleza requieran de una evaluación de Actitudes y Aptitudes se aplicarán pruebas específicas."

"Art. 19°. Los resultados de los examenes generales, en estricto orden de mérito, serán publicados en el Portal Web de la Universidad, siendo considerado como ingresante el postulante que alcance el 50% del promedio de las notas máximas obtenidas por los postulantes a las diferentes escuelas profesionales, hasta completar las vacantes. Los estudiantes que no alcancen la nota mínima y estén dentro de las vacantes aprobadas para cada Escuela Profesional podrán inscribirse en un ciclo de nivelación debiendo aprobar una evaluación de 60 ítems, que les dará derecho de ingreso a la universidad."

"Art. 26°. Los estudiantes de la Precatólica que superen la nota mínina y estén dentro del número de vacantes aprobadas por Consejo Universitario, lograrán el ingreso y deberán regularizar su inscripción en la Oficina de Admisión.
Los estudiantes de la Precatólica que, habiendo vacantes no hayan alcanzado el puntaje mínino pueden inscribirse al ciclo de nivelación, que al aprobarlo les dará el derecho de ingreso a la Universidad."

"Art. 29°. Si en alguna Escuela Profesional quedan vacantes en alguna de las modalidades de ingreso (Primera Postulación o Egresados) del CONCURSO ORDINARIO (Exámenes Generales y Precatólica) pasarán a incrementar las vacantes de la modalidad que tengan más demanda.
Las vacantes de la Precatólica Arequipa, Primer y Segundo Exámenes Generales, no cubiertas en su oportunidad, pasarán a incrementar el número de vacantes que se ofertan en el Tercer Examen General."

"CUARTA DISPOSICION FINAL:
Los ingresantes a la Universidad pueden hacer uso de su derecho de matrícula hasta en los cinco (5) semestres académicos siguientes, de subsistir la oferta académica a la que ingreso, no siendo, por tanto, necesario presentar solicitud de reserva de matrícula, sin embargo al momento de autorizar la regularización del ingreso y matricula, al estudiante le corresponde pagar la tasa educativa vigente.
De no completar el número mínimo de ingresantes (20) para aperturar la sección, los estudiantes tendrán derecho a elegir, otra carrera profesional de la misma área siempre y cuando exista vacante en la carrera a elegir, para lo cual en el momento de la regularización del expediente de ingresante firmarán un documento de aceptación."

 
Leyenda:
1ro= Primer Referencial
2do= Primero de Seleccion
3ro= Segundo Referencial
4to= Segundo de Selección
AD = Bonificación por asistencia, disciplina, prácticas virtuales, técnicas de estudio y evaluación docente.